Bruselas, 15 julio 2015
Véase asimismo: Comunicado de prensa: Transforming Europe's energy system – Commission's energy summer package leads the way (15 de julio de 2015).
Como parte de la Estrategia para la Unión de la Energía, emprendida por la Comisión en febrero de 2015, la Comisión propone una revisión de la normativa sobre el etiquetado de eficiencia energética. La revisión propuesta garantiza la coherencia y la continuidad, y se asegura de que los consumidores puedan tomar decisiones fundadas que les ayuden a ahorrar energía y dinero. Asimismo contribuirá directamente al principio de la Unión de la Energía «primero, la eficiencia energética».
¿Qué propone la Comisión exactamente?
Para dar a los consumidores una indicación más precisa de la eficiencia energética de los productos, que actualmente se clasifican en diferentes escalas (de A a G, de A+++ a D, etc.), y mejorar el cumplimiento de las normas por parte de los fabricantes y minoristas, la Comisión Europea propone una revisión del sistema de etiquetado energético consistente en:
- Una única escala de etiquetado energético «de A a G»: la Comisión propone volver a la escala de etiquetado de «A a G», bien conocida y eficaz, para los productos eficientes desde el punto de vista energético y reajustar las etiquetas actuales.
- Una base de datos digital para los nuevos productos energéticamente eficientes: la Comisión propone que todos los nuevos productos introducidos en el mercado de la UE se registren en una base de datos en línea, lo que permitirá una mayor transparencia y facilitará la vigilancia del mercado por parte de las autoridades nacionales.
La presente propuesta está en consonancia con el principio de «primero, la eficiencia energética» que figura en la Estrategia para la Unión de la Energía, cuyo objetivo es hacer más sostenible el sistema energético de la UE gracias a la capacidad del consumidor de elegir con conocimiento de causa.
¿Por qué propone la Comisión una única etiqueta energética de «A a G»?
Desde 1995, la etiqueta energética de la UE ha demostrado su eficacia: el 85 % de los consumidores europeos la tienen en cuenta en sus decisiones de compra. También ha impulsado la innovación de la industria, ya que hoy en día muchos productos se sitúan en las clases superiores (A+++, A++, A+), y la mayoría de las demás clases permanecen vacías (en algunos casos, incluso la A). No obstante, un resultado tan positivo hace que al consumidor le resulte difícil ahora distinguir los productos más eficientes: podría pensar que al elegir un producto de la clase A+ va a comprar uno de los más eficientes del mercado, mientras que, de hecho, puede estar comprando uno de los menos eficientes.
Para que a los consumidores les resulte más fácil comprender y comparar productos, la Comisión Europea sugiere que haya una única etiqueta energética de «A a G». Esto animará a los consumidores a adquirir los productos más eficientes, reduciendo así el consumo de energía con un impacto positivo en la factura energética.
¿Por qué propone la Comisión una base de datos digital para los nuevos productos eficientes desde el punto de vista energético?
Se estima que entre el 10 % y el 25 % de los productos que se encuentran en el mercado no cumple los requisitos de etiquetado de eficiencia energética y que aproximadamente el 10 % del ahorro de energía previsto se pierde debido a ese incumplimiento. Esto se debe en parte al escaso control del cumplimiento por parte de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado.
Para reforzar ese control, la Comisión propone una base de datos de productos en la que los fabricantes y los importadores registrarán sus productos, introduciendo información que, en virtud de la normativa actual de la UE, ya es obligatoria. De ese modo, las autoridades de los Estados miembros responsables de la aplicación de la legislación disponen de información clave centralizada sobre la conformidad de los productos, en lugar de tener que hacer un esfuerzo significativo, y a menudo prolongado, para obtener esa información de los operadores económicos.
La base de datos permitirá asimismo poner a disposición de los consumidores y los distribuidores información sobre la etiqueta y los productos clave y facilitará la digitalización de la etiqueta energética.
En concreto, ¿qué va a pasar?
Una vez aprobada por los colegisladores, la propuesta de la Comisión se aplicará como sigue:
- Los productos que ya están en el mercado se venderán como antes.
- Los nuevos productos se venderán con la nueva escala. Las etiquetas antiguas, como las que tienen escalas que van de A+a A+++, serán retiradas por los minoristas.
- Los fabricantes registrarán sus productos. La información será accesible para las autoridades de los Estados miembros a fin de facilitar los controles del cumplimiento y aumentar la transparencia.
- Se informará a los consumidores por medio de campañas de información específicas emprendidas por los Estados miembros, en cooperación con los minoristas.
La Comisión Europea apoyará «medidas conjuntas de vigilancia del mercado», tales como el proyecto EEpliant en el que participan doce Estados miembros[1].
Se espera que el nuevo sistema aporte un ahorro de energía adicional equivalente al consumo energético anual del conjunto de países bálticos (200 TWh al año en 2030).
Ventajas para los consumidores
La etiqueta energética revisada generará un ahorro adicional de 15 euros al año para los consumidores debido a:
- Una información más clara sobre la eficiencia energética de los productos.
- La posibilidad de comparar productos.
- Más información sobre los productos, en términos de rendimiento, consumo de agua o ruido.
Este importe se añadirá al ahorro actual de 465 euros al año, de manera que, en total, cada hogar economizará 480 euros al año.
Ventajas para los fabricantes y minoristas
La etiqueta energética revisada supondrá para los fabricantes y los minoristas un aumento global de ingresos superior a 10 000 millones de euros al año, gracias a lo siguiente:
- El refuerzo de un instrumento popular de marketing, que más del 85 % de los consumidores tienen en cuenta a la hora de comprar.
- Una reducción del riesgo de confusión, con el consiguiente incremento de la seguridad jurídica y del grado de cumplimiento.
- Una reducción de la carga administrativa, gracias al registro de los productos y la descarga de la etiqueta digital.
Este importe se añadirá a los 55 000 millones de euros al año en concepto de ingresos adicionales[2], lo que dará lugar a un total de 65 000 millones de euros al año.
Ventajas para los Estados miembros
La propuesta de la Comisión también tiene ventajas tangibles para los Estados miembros:
- Ahorro de tiempo, con una reducción del 10 %-15 % del tiempo que dedican a la vigilancia del mercado, gracias a la base de datos de registro de productos.
- Reducción de la carga administrativa, ya que se trata de una propuesta de Reglamento, que es directamente aplicable. Por tanto, los Estados miembros no tendrán que transponer las disposiciones a la legislación nacional.
Ventajas para el medio ambiente
Las medidas de etiquetado de la eficiencia energética vigentes generan cada año un ahorro en energía primaria de alrededor de 175 millones de toneladas equivalentes de petróleo, lo que equivale al consumo de energía primaria anual de Italia o al consumo anual de alrededor de 60 millones de hogares.
Se espera que la revisión de la etiqueta energética con una escala de «A a G» aporte un ahorro adicional igual al consumo energético anual de todos los países bálticos en conjunto (es decir, alrededor de 17 millones de toneladas equivalentes de petróleo al año de energía primaria).
¿Cuáles son las próximas etapas?
La propuesta de la Comisión se transmitirá al Parlamento Europeo y al Consejo, quienes la debatirán y tomarán juntos la decisión final. Se calcula que esto llevará un año. Una vez aprobada por los colegisladores, la Comisión aplicará esos cambios a los grupos de productos que tienen una etiqueta energética en un plazo de cinco años para la mayoría de los productos.
ANTECENTES
Productos energéticamente eficientes: legislación vigente
Los productos eficientes desde el punto de vista energético están regulados actualmente por dos Directivas de la UE:
- La Directiva de diseño ecológico (Directiva 2009/125/CE), que constituye la herramienta para aumentar la eficiencia energética de los productos.
- La Directiva de etiquetado energético (Directiva 2010/30/UE), gracias a la cual el consumidor puede reconocer los productos más eficientes.
Las medidas sobre productos concretos adoptadas en virtud de esas Directivas permiten a los consumidores comprar los productos de mayor eficiencia energética y garantizan unas condiciones de competencia equitativas para las empresas europeas.
Productos energéticamente eficientes: próximas etapas legislativas
Según lo previsto en la Estrategia para la Unión de la Energía, la Comisión Europea está llevando a cabo acciones clave para aumentar la eficiencia energética, tales como la revisión de la Directiva de etiquetado energético (Directiva 2010/30/UE).
La Estrategia para la Unión de la Energía define medidas concretas para garantizar la seguridad del suministro energético, reducir la dependencia de los Estados miembros respecto a las importaciones de terceros países, reforzar la integración de los mercados nacionales de la energía, mejorar la participación de los consumidores, aumentar la eficiencia energética, descarbonizar la combinación energética y promover la investigación y la innovación en el ámbito de la energía.
Para más información, véase el enlace siguiente: https://ec.europa.eu/priorities/energy-union/index_en.htm.
Productos energéticamente eficientes disponibles en el mercado
En la actualidad, existen:
- Once grupos de productos amparados por las normas de eficiencia energética y de etiquetado: lavavajillas, lavadoras, secadoras, frigoríficos, aspiradoras, lámparas, luminarias, televisores, acondicionadores de aire, aparatos domésticos para cocinar y unidades de ventilación.
- Ocho grupos de productos sujetos a requisitos de eficiencia (pero no de etiquetado): descodificadores simples, fuentes de alimentación externas, motores eléctricos, circuladores, ventiladores, bombas de agua, ordenadores y transformadores eléctricos.
- Tres medidas horizontales que abarcan lo siguiente: consumo de energía eléctrica en los modos «de espera» y «desactivado» de los equipos eléctricos y electrónicos, consumo de potencia del modo de espera de los dispositivos en red y etiquetado energético en Internet.
Los requisitos de etiquetado y eficiencia energética de los calentadores y calderas (como, por ejemplo, calderas de gas y bombas de calor) entrarán en vigor a partir de septiembre de 2015. Esos requisitos solo se aplicarán a los nuevos productos introducidos en el mercado.
Proceso de adopción de decisiones para los productos energéticamente eficientes
En la UE, todas las medidas de eficiencia energética se elaboran a través de un proceso riguroso y plenamente transparente, con la estrecha participación de las partes interesadas y los Estados miembros en todas las etapas.Este proceso comprende:
- Un «estudio preparatorio» en profundidad con la participación de las partes interesadas en el que se examinan los aspectos técnicos, económicos, ambientales y sociales de un grupo de productos.
- Una amplia consulta con las partes interesadas (entre las que se incluyen la industria, las organizaciones de consumidores, las ONG medioambientales, los representantes de los Estados miembros, etc.) a través del denominado «foro consultivo».
- Una evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente, la industria y los consumidores, seguida de debates de expertos y una votación en un comité con los representantes de los Estados miembros.
- Un examen final por el Parlamento Europeo y el Consejo, que podrán rechazar la medida (lo que hasta ahora no ha ocurrido, ya que esas medidas han recibido un fuerte respaldo político).
[1] Para más información, véase: https://www.prosafe.org/images/Documents/EEPLIANT/EEPPLIANT_Press_release_v2.pdf.
[2] Fuente: Ecodesign Impact Accounting, VHK, 2014
https://ec.europa.eu/energy/efficiency/studies/doc/2014_06_ecodesign_impact_accounting_part1.pdf.
La importancia de la eficiencia energética para …
… el sistema energético de la UE. El aumento de la eficiencia energética en la Unión Europea, en combinación con el desarrollo de fuentes de energía renovables, es la mejor manera de reducir nuestra dependencia de proveedores de energía externos. Dado que la UE importa el 53 % de la energía que consume, invertir en eficiencia energética significa por tanto aumentar nuestra independencia energética.
Además, la experiencia de la UE demuestra que se consiguió una reducción de las emisiones de la industria al mismo tiempo que aumentaba la producción industrial, siendo la eficiencia energética el principal contribuyente: entre 1995 y 2010, el valor añadido bruto de los sectores industriales aumentó un 18 %, mientras que las emisiones de CO2 procedentes de la industria disminuyeron un 20 %.
El pasado mes de octubre, los líderes de la UE aprobaron el marco para las políticas de clima y energía en 2030, y al mismo tiempo acordaron redoblar sus esfuerzos en materia de mitigación del cambio climático. El objetivo de reducción de los gases de efecto invernadero del 40 % va acompañado de un objetivo vinculante de la UE para aumentar la cuota de energías renovables en al menos un 27 % de aquí a 2030. Además, el objetivo de la UE de incrementar la eficiencia energética de la UE en un 27 % como mínimo será objeto de una revisión de aquí a 2020, a fin de considerar un objetivo más elevado del 30 %.
El 25 de febrero de 2015, la Comisión anunció su Estrategia Marco para una Unión de la Energía resiliente con una política climática prospectiva. Esa propuesta contribuye al principio de la Unión de la Energía «primero, la eficiencia energética».
Para más información:
Para más información y documentación, véase el enlace siguiente: https://ec.europa.eu/energy/en/news/new-electricity-market-consumers.
Sobre los productos energéticamente eficientes: https://ec.europa.eu/energy/en/topics/energy-efficiency/energy-efficient-products
Véase asimismo la infografía en el anexo de esta ficha informativa.
MEMO/15/5350