La UE acoge con satisfacción las conclusiones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) que confirman claramente que la prohibición indonesia a la exportación de mineral de níquel y la obligación de que este se transforme en el país violan las normas de la OMC. El informe del Grupo Especial de la OMC se hizo público ayer.
El Grupo Especial de la OMC estimó todas las reclamaciones de la UE contra Indonesia. En primer lugar, consideró que la prohibición indonesia a la exportación de mineral de níquel (que se utiliza en la producción de acero inoxidable) y la obligación de que este se transforme en el país son incompatibles con la prohibición de la OMC de prohibiciones y restricciones a la exportación contenida en el artículo XI.1 del GATT de 1994.
Además, el Grupo Especial confirmó que las medidas indonesias no pueden acogerse a las exenciones aplicables a las prohibiciones o restricciones aplicadas temporalmente para prevenir o remediar una escasez aguda de productos alimenticios o de otros productos esenciales para Indonesia en el sentido del artículo XI.2 a) del GATT de 1994. El Grupo Especial también concluyó que las medidas no están justificadas al amparo de las excepciones del artículo XX d) del GATT de 1994 aplicables a las medidas necesarias para lograr la observancia de leyes y reglamentos.
Contexto
Indonesia tiene desde hace tiempo distintas restricciones que afectan a las exportaciones de mineral de níquel. Desde enero de 2020 está en vigor una prohibición total de las exportaciones de mineral de níquel. Además, la obligación de transformar el mineral de níquel en el país ha obligado a las empresas a transformar o depurar las materias primas en Indonesia antes de exportarlas.
Estas medidas restringen indebidamente y de forma ilegal el acceso de la UE a las materias primas necesarias para la producción de acero inoxidable y distorsionan los precios de los minerales en el mercado mundial.
La UE se puso en contacto con Indonesia para tratar de resolver la diferencia antes de solicitar consultas en la OMC en noviembre de 2019. Después de que estas no dieran resultado, la UE solicitó la creación de un Grupo Especial en enero de 2021.
Este veredicto afirma claramente que las restricciones a la exportación de Indonesia no son compatibles con las normas de la OMC. Espero que Indonesia cumpla sus obligaciones en el marco de la OMC y suprima inmediatamente estas medidas. La UE apoya el derecho de todos los países al desarrollo económico, pero esto no otorga una licencia para apartarse de las normas de la OMC.
Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo responsable de Comercio – 30/11/2022
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