La Comisión ha adoptado hoy una Comunicación sobre la supervisión de los regímenes de exención de visado de la UE que establece un proceso de consulta. La Comunicación examina el funcionamiento de los regímenes de exención de visados de la UE y define los principales retos en los ámbitos de la migración irregular y la seguridad.
El mecanismo de suspensión de visados se establece en el artículo 8 del Reglamento sobre visados. Su principal objetivo es permitir la suspensión temporal de la exención de visado en caso de aumento repentino y sustancial de la migración irregular o de los riesgos desde el punto de vista de la seguridad.
En su carta al Consejo Europeo de 20 de marzo de 2023, la presidenta von der Leyen declaró: «La Comisión reforzará su control de la armonización de la política de visados y presentará un informe exhaustivo que allanará el camino para una propuesta legislativa por la que se modifique el mecanismo de suspensión de visados».Tras la Comunicación de hoy, la Comisión pone en marcha un proceso de consulta para alcanzar esos objetivos.
La exención de visado reporta importantes beneficios económicos, sociales y culturales a los Estados miembros de la UE y a terceros países. Al mismo tiempo, en los últimos años se ha observado que la exención de visado puede dar lugar a graves problemas en materia de migración y seguridad. Una armonización insuficiente de sus visados con la política de visados de la UE puede convertir a un país beneficiario de la exención de visado en un centro de tránsito para las entradas irregulares en la UE. Este ha sido el caso de las entradas sin visado a los Balcanes Occidentales por parte de nacionales de países sujetos a la obligación de visado para la UE, lo que aumentó el número de llegadas irregulares a la UE en 2022. La cuestión se abordó tras contactos inmediatos y amplios entre la Comisión y los socios de los Balcanes Occidentales, que realizaron avances sustanciales en la armonización de los visados. Como consecuencia de ello, se han reducido las llegadas irregulares a la UE. Además, los regímenes de ciudadanía para inversores gestionados por terceros países exentos de la obligación de visado plantean riesgos para la seguridad de la UE, por ejemplo, en relación con la infiltración de la delincuencia organizada, el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y la corrupción para la UE. Tales regímenes permiten a los nacionales de terceros países adquirir la nacionalidad de un país exento de visado y entrar sin visado en la UE, eludiendo el procedimiento de visado de corta duración de la Unión.
Un mecanismo reforzado de control y suspensión de visados
Para superar estas dificultades y prevenir eficazmente esos riesgos, deben reevaluarse y mejorarse las normas vigentes relativas a la supervisión del funcionamiento de los regímenes de exención de visado con terceros países y a la suspensión de las exenciones de visado.
Mediante la Comunicación de hoy, la Comisión pone en marcha un proceso de consulta con el Parlamento Europeo y el Consejo para determinar cómo mejorar el mecanismo de suspensión de visados de la UE. Una futura revisión de las normas podría incluir, por ejemplo:
– nuevos motivos de suspensión para hacer frente a nuevos riesgos;
– adaptación de los umbrales de activación del mecanismo;
– mayor eficiencia y flexibilidad del procedimiento de suspensión;
– disposiciones más rigurosas en materia de supervisión y notificación.
Próximas etapas
La Comisión debatirá con el Parlamento Europeo y el Consejo cómo reforzar el conjunto de instrumentos de política de visados con un mecanismo revisado de suspensión de visados.
Teniendo en cuenta este debate, la Comisión estudiará la posibilidad de presentar en otoño de 2023 una propuesta legislativa por la que se revise el mecanismo de suspensión de visados.
Contexto
La UE cuenta actualmente con un régimen de exención de visado aplicable a 61 países terceros. Veinticinco países mantienen acuerdos de exención de visados con la UE y ocho han obtenido la exención de visado como resultado de la conclusión satisfactoria de un diálogo sobre liberalización de visados (Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro, Macedonia del Norte, Serbia, Georgia, Moldavia y Ucrania). Los demás países obtuvieron la exención de visado de conformidad con la primera armonización de las normas de la UE (Reglamento (CE) n.º 539/2001 del Consejo). Además, el 19 de abril de 2023, el Consejo y el Parlamento Europeo acordaron conceder una exención de visado a Kosovo, tras la conclusión satisfactoria de un diálogo sobre liberalización de visados, que entrará en vigor a más tardar el 1 de enero de 2024.
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