La Comisión Europea ha adoptado hoy una propuesta de Reglamento destinado a armonizar a escala de la UE las normas de Derecho internacional privado relativas a la filiación. La propuesta se centra en el interés superior y los derechos del hijo o la hija. Aportará claridad jurídica a todos los tipos de familias que se encuentren en una situación transfronteriza dentro de la UE, ya sea porque se desplacen de un Estado miembro a otro para viajar o residir, o porque tengan familiares o propiedades en otro Estado miembro. Uno de los aspectos clave de la propuesta es que la filiación establecida en un Estado miembro de la UE debe reconocerse en todos los demás Estados miembros, sin procedimiento especial alguno.
El Derecho de la Unión, tal como lo interpreta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sobre todo en materia de libre circulación, ya dispone que la filiación establecida en un Estado miembro debe reconocerse en todos los demás Estados miembros con algunos fines, a saber: acceso al territorio, derecho de residencia, no discriminación con respecto a los nacionales. Sin embargo, este no es el caso de los derechos derivados del Derecho nacional.
La propuesta presentada hoy facilita que los hijos que se encuentren en situación transfronteriza puedan acogerse a los derechos derivados de la filiación en virtud de la legislación nacional en asuntos como la sucesión, los alimentos, la custodia o el derecho de los progenitores a actuar como representantes legales del hijo o la hija (a efectos de escolarización o de salud).
Protección de los derechos de los hijos
En la actualidad, los Estados miembros tienen diferentes legislaciones nacionales sobre la jurisdicción, la ley aplicable y el reconocimiento en el ámbito de la filiación, lo que puede representar obstáculos jurídicos para las familias que se encuentren en una situación transfronteriza. A veces, las familias tienen que iniciar procedimientos administrativos o incluso judiciales para que se reconozca la filiación, pero son costosos, requieren mucho tiempo y su resultado es incierto. Por lo tanto, la propuesta tiene por objeto proteger los derechos fundamentales de los hijos, aportar seguridad jurídica a las familias y reducir los costes y la carga jurídicos para las familias y los sistemas administrativos y judiciales de los Estados miembros.
Entre los principales elementos de la propuesta cabe mencionar los siguientes:
- Determinación de la autoridad competente: la propuesta determina los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros competentes en materia de filiación a fin de velar por el interés superior del menor.
- Determinación de la ley aplicable: por regla general, la ley aplicable al establecimiento de la filiación debe ser la ley del Estado de residencia habitual de la persona que haya dado a luz. Cuando esta norma dé lugar al establecimiento de la filiación por lo que respecta a un solo progenitor, opciones alternativas garantizan que la filiación pueda establecerse en lo que respecta a ambos progenitores.
- Normas sobre el reconocimiento de la filiación:la propuesta prevé el reconocimiento de las resoluciones judiciales y los documentos públicos que acrediten o certifiquen el establecimiento de la filiación. Por regla general, la filiación establecida en un Estado miembro debe reconocerse en todos los demás Estados miembros, sin procedimiento especial alguno.
- Creación de un certificado de filiación europeo:los hijos (o sus representantes legales) pueden solicitarlo al Estado miembro que haya establecido la filiación y utilizarlo para demostrar su filiación en todos los demás Estados miembros. La Comisión propone un modelo armonizado, común a toda la UE. El uso del certificado sería opcional para las familias, pero tienen derecho a solicitarlo y a que se acepte en toda la UE.