Bruselas, 14 de noviembre de 2024.-
A continuación, se presentan las principales decisiones para España que ha adoptado la Comisión, agrupadas por ámbitos de actuación.
Energía y clima
(Para más información: Tim McPhie, tel. +32 22958602; Giulia Bedini, tel. +32 22958661)
Dictamen motivado complementario
la Comisión insta a IRLANDA, ESPAÑA, FRANCIA Y HUNGRÍA a que transpongan plenamente la Directiva sobre fuentes de energía renovables
La Comisión Europea ha decidido hoy enviar dictámenes motivados adicionales a Irlanda [INFR(2021)0260], España [INFR(2021)0220], Francia [INFR(2021)0238] y Hungría [INFR(2021)0256] por no haber transpuesto plenamente las normas de la UE sobre el fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables que establece la Directiva (UE) 2018/2001. Esta Directiva establece el marco jurídico para el desarrollo de las energías renovables en la electricidad, la calefacción, la refrigeración y el transporte de la UE. Establece un objetivo vinculante a escala de la UE para 2030 en materia de energías renovables e incluye normas específicas para las garantías de origen. Las garantías de origen son certificados electrónicos para informar a los clientes finales sobre el porcentaje de energía procedente de fuentes renovables en la combinación energética de un proveedor. La Directiva incluye además criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero para los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa, así como normas sobre la verificación de que estos combustibles cumplen dichos criterios. El plazo para transponer la Directiva al Derecho nacional expiró el 30 de junio de 2021. En julio de 2021, la Comisión envió cartas de emplazamiento a los cuatro Estados miembros por no haber transpuesto plenamente la Directiva. Por lo que se refiere a Irlanda, España y Francia, la Comisión realizó un seguimiento de los dictámenes motivados, debido a que seguían sin transponer plenamente la Directiva, y decidió llevar a Hungría ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por falta de transposición de la Directiva. Tras examinar las respuestas y las medidas posteriormente notificadas de los cuatro Estados miembros, la Comisión ha decidido emitir dictámenes motivados adicionales a Irlanda, España, Francia y Hungría debido a una transposición incompleta. Los dictámenes motivados llaman la atención sobre otras lagunas de transposición en relación con las disposiciones sobre garantías de origen de la energía procedente de fuentes renovables, o sobre otras cuestiones de transposición relativas a los criterios de sostenibilidad y de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa. Los cuatro Estados miembros disponen ahora de dos meses para remediar la situación y notificar a la Comisión la transposición plena de la Directiva. De no hacerlo, la Comisión podrá optar por remitir el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Estabilidad financiera, servicios financieros y unión de los mercados de capitales
(Para más información: Francesca Dalboni, tel. +32 22988170; Marta Pérez-Cejuela Romero, tel. +32 22963770)
Dictámenes motivados
La Comisión insta a BULGARIA, ESPAÑA, LETONIA, MALTA, PORTUGAL y RUMANÍA a transponer plenamente la Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles
La Comisión Europea ha decidido enviar dictámenes motivados a Bulgaria [INFR(2024)0012], España [INFR(2024)0046], Letonia [INFR(2024)0091],
Malta [INFR(2024)0097], Portugal [INFR(2024)0116] y Rumanía [INFR(2024)0124] por no haber notificado a la Comisión la plena transposición al Derecho interno de la Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles modificada [Directiva (UE) 2021/2118, por la que se modifica la Directiva 2009/103/CE]. La Directiva sobre el seguro de vehículos automóviles pretende reforzar la protección de las víctimas de accidentes de tráfico en toda la UE. A tal fin, la Directiva modificada aclara el alcance de dicha protección, facilita los controles del seguro obligatorio de vehículos automóviles y establece un mecanismo para indemnizar a las víctimas en caso de insolvencia del asegurador responsable. Asimismo, facilita el cambio de asegurador por parte del titular de la póliza al garantizar un trato equitativo y no discriminatorio de las certificaciones de antecedentes siniestrales. El plazo para incorporar la Directiva al Derecho nacional expiró el 23 de diciembre de 2023. El 25 de enero de 2024, la Comisión envió una carta de emplazamiento a los Estados miembros afectados por no haber comunicado a la Comisión su plena transposición. A falta de respuesta satisfactoria, la Comisión ha decidido enviar dictámenes motivados a Bulgaria, España, Letonia, Malta, Portugal y Rumanía. Disponen ahora de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias; De no hacerlo, la Comisión podrá optar por remitir los asuntos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Ver todos los procedimientos de noviembre
Contactos para los medios de comunicación
Eric MAMER
Portavoz jefa
Teléfono +32 2 299 40 73
Correo eric.mamer@ec.europa.eu
Si no trabajas para un medio de comunicación, puedes dirigirte a la UE a través de Europe Direct, ya sea por escrito o llamando al 00 800 6 7 8 9 10 11.