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Los derechos de las personas intersexuales.

1 · junio · 2015 | Noticias

Los derechos fundamentales de las personas intersexuales se vulneran con frecuencia principalmente porque no están reconocidos en la sociedad europea. Los resultados presentados en un nuevo informe de la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE proponen una revisión de la legislación europea para evitar la discriminación y violación de la integridad física y psicológica de este colectivo.

Las personas intersexuales presentan características cromosómicas, hormonales y anatómicas que no se corresponden con la definición médica de una persona de sexo masculino o femenino. En la actualidad, el problema de la intersexualidad se aborda desde un punto de vista médico, pero desde hace algunos años, se trata desde la óptica de los derechos humanos a todos los niveles de la UE, desde las instituciones a la sociedad civil. El documento se concentra sobre tres cuestiones básicas:

-Declaración del sexo en el nacimiento: en la mayoría de los Estados miembros la ley impone que el nacimiento debe registrarse por sexo masculino o femenino. Sin embargo, en algunos Estados miembros se permite que los certificados de nacimiento sean neutros en relación al sexo. Otros países autorizan la expedición de certificados de nacimiento sin precisar el sexo. El informe concluye que esta mención del sexo sobre el DNI deberá revisarse para una mejor protección de las personas intersexuales.

-Tratamiento médico de los menores intersexuales: en 21 Estados miembros, los niños se someten a operaciones para definir su sexo.  En muchos y según la edad del menor, se producen discrepancias entre el consentimiento otorgado por el representante legal y el niño/a. Según este estudio, los Estados miembros deberán evitar los tratamientos médicos llamados de “normalización sexual” no consentidos por las personas intersexuales.

-Protección contra la discriminación: en la actualidad no existe una protección específica para las personas intersexuales y  la protección se enmarca en el contexto de la discriminación por sexo en lugar de en la discriminación por orientación sexual o identidad de género. El informe recomienda que los profesionales del derecho y la medicina se informen de los derechos fundamentales de este grupo, sobre todo en el caso de los menores.

La Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión europea (FRA en sus siglas en inglés) está llevando a cabo investigaciones sociológicas y jurídicas de los derechos  fundamentales de las personas LGBT-lesbianas, gais, bisexuales y transexuales-  desde el año 2007.

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