La Comisión Europea propone hoy establecer un sistema común de la UE para los retornos con procedimientos de retorno más rápidos, sencillos y eficaces en toda la UE. El nuevo marco jurídico para los retornos —que había sido anunciado por la presidenta von der Leyen en las orientaciones políticas y que el Consejo Europeo había solicitado en octubre de 2024— constituye un elemento clave para complementar el Pacto sobre Migración y Asilo, adoptado el año pasado, en el que se establece un enfoque global en materia de migración.Dado que en la UE las tasas de retorno son de tan solo un 20 % y la fragmentación de los distintos sistemas se presta a abusos, es necesario un marco jurídico moderno, sencillo y más eficaz. Las nuevas normas proporcionarán a los Estados miembros los instrumentos necesarios para que el retorno sea más eficiente, respetando plenamente los derechos fundamentales.Las nuevas normas comunes incluyen:– Un sistema verdaderamente europeo en forma de Reglamento con procedimientos comunes para la emisión de decisiones de retorno y una orden europea de retorno que deben emitir los Estados miembros. Ya que ahora existen 27 sistemas diferentes, esto limitará la fragmentación a escala de la Unión.- El reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno permitirá a un Estado miembro reconocer y ejecutar directamente una decisión de retorno dictada por otro Estado miembro sin tener que iniciar un nuevo proceso. A más tardar el 1 de julio de 2027, tras un año de la entrada en vigor del Pacto sobre Migración y Asilo, la Comisión revisará si los Estados miembros han establecido disposiciones adecuadas para tramitar eficazmente las órdenes europeas de retorno y adoptará una decisión de ejecución que obligue a reconocer y ejecutar una decisión de retorno dictada por otro Estado miembro.- Normas claras sobre el retorno forzoso, al tiempo que se incentiva el retorno voluntario: los retornos forzosos serán obligatorios cuando una persona que se encuentre ilegalmente en la UE no coopere, se fugue a otro Estado miembro, no abandone la UE en el plazo fijado para la salida voluntaria o constituya un riesgo para la seguridad. Este enfoque incentiva el retorno voluntario dentro de los plazos establecidos para la salida de la UE.- Obligaciones más estrictas para los retornados, equilibradas con salvaguardias claras: obligaciones explícitas de cooperación con las autoridades nacionales a lo largo de todo el procedimiento de retorno. Estas medidas están acompañadas de consecuencias claras en caso de falta de cooperación, como la reducción o denegación de las dietas o la incautación de los documentos de viaje. Al mismo tiempo, se reforzarán los incentivos a la cooperación, incluido el apoyo al retorno voluntario.- Salvaguardias sólidas a lo largo de todo el proceso de retorno: todas las medidas relacionadas con el retorno deben llevarse a cabo respetando plenamente las normas fundamentales e internacionales en materia de derechos humanos. Esto quedará garantizado mediante procedimientos claros, como el derecho de recurso, el apoyo a las personas vulnerables, sólidas salvaguardias para los menores y las familias y el respeto del principio de no devolución.- Normas más estrictas para limitar los abusos y gestionar las fugas: los Estados miembros contarán con normas reforzadas para localizar a los retornados, con la posibilidad de solicitar una garantía financiera, o que el retornado informe periódicamente o resida en un lugar designado por las autoridades nacionales. Las nuevas normas establecen condiciones claras para el internamiento en caso de riesgo de fuga, así como alternativas al internamiento. El internamiento puede durar hasta 24 meses, frente a los 18 meses actuales. Además, el efecto suspensivo de las decisiones de retorno dejará de ser automático, a menos que existan problemas relacionados con la no devolución.- Normas específicas para las personas que plantean riesgos para la seguridad: los Estados miembros tendrán que verificar en una fase temprana si una persona presenta un riesgo para la seguridad.Una vez identificadas,estas personas estarán sujetas a normas estrictas, pueden ser objeto de retorno forzoso obligatorio, de prohibiciones de entrada prolongadas y se podrán invocar motivos de detención separados. El internamiento puede prorrogarse más allá de los 24 meses habituales por orden de un juez. – La readmisión como parte del proceso de retorno: para colmar el vacío entre una decisión de retorno y el efectivo retorno a un tercer país, las nuevas normas establecen un procedimiento común para garantizar que una decisión de retorno esté sistemáticamente acompañada de una solicitud de readmisión. Las nuevas normas también permiten transferencias de datos a terceros países a efectos de la readmisión.- Centros de retorno: los Estados miembros han pedido soluciones innovadoras para la gestión de la migración. La presente propuesta introduce la posibilidad jurídica de devolver a las personas que se encuentren en situación irregular en la UE y hayan recibido una decisión de retorno definitiva a un tercer país sobre la base de un acuerdo o convenio celebrado bilateralmente o a escala de la UE. Dicho acuerdo o convenio puede celebrarse con un tercer país que respete las normas y principios internacionales en materia de derechos humanos de conformidad con el Derecho internacional, incluido el principio de no devolución. Quedan excluidas las familias con menores y los menores no acompañados, y la aplicación de tales acuerdos o convenios debe estar sujeta a supervisión. Próximas etapasCorresponde ahora al Parlamento Europeo y al Consejo llegar a un acuerdo sobre la propuesta. La Comisión ayudará a los colegisladores a avanzar en las negociaciones del presente proyecto de Reglamento. La Comisión también publicará un documento de trabajo de los servicios de la Comisión en el que se detallen los elementos utilizados para preparar la propuesta.ContextoEn el marco del Pacto sobre Migración y Asilo, que entrará en vigor a mediados de 2026, las solicitudes de asilo se tramitarán con mayor rapidez y eficiencia. Para que el sistema sea sostenible, los retornos deben realizarse rápidamente. La presente propuesta suprime el desfase existente.El Reglamento propuesto hoy deroga la actual Directiva sobre retorno de 2008. La propuesta de la Comisión de refundición de la Directiva sobre retorno presentada en 2018 será derogada, tal como se anunció en el programa de trabajo de la Comisión para 2025.Más informaciónPropuesta de creación de un sistema común de la UE para los retornosNota informativaFicha informativa: Un planteamiento global de la migraciónFicha informativa: Un nuevo sistema común de la UE para los retornosComisión Europea — Migración y Asuntos de InteriorÚltimas estadísticas sobre retornos (Eurostat) Henna Virkkunen, vicepresidenta ejecutiva para la Soberanía Tecnológica, la Seguridad y la Democracia«El retorno es un pilar clave del Pacto sobre Migración y Asilo: sin una política de retorno creíble y eficaz, no podemos disponer de un sistema de migración global y fiable. Con esta nueva propuesta, estamos estableciendo un sistema común de retorno de la UE, que garantiza normas coherentes en todos los Estados miembros. Debemos ser firmes y asertivos en nuestro enfoque, sin dejar de mantenernos fieles a los valores europeos de equidad y a los derechos fundamentales». Magnus Brunner, comisario de Asuntos de Interior y Migración«La Comisión propone un conjunto de procedimientos eficaces y modernos para los retornos: normas que son fundamentales para salvaguardar el espacio de libre circulación de la UE sin fronteras interiores. Con el nuevo sistema común de la UE para los retornos, velaremos por que quienes no tengan derecho a permanecer en la UE sean efectivamente devueltos a sus países. Esto reforzará significativamente la confianza en nuestro sistema europeo común de asilo y migración». Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea«En la actualidad, solo alrededor del 20 % de los que son objeto de una decisión de retorno abandonan Europa. Esta cifra es demasiado baja. Esta es la razón por la que adoptaremos normas comunes para las decisiones de retorno, con una orden europea de retorno y el reconocimiento mutuo de las decisiones de retorno por parte de los Estados miembros. Siempre respetaremos plenamente los derechos fundamentales y el Derecho internacional, pero los que no tengan derecho a permanecer deben retornar rápidamente, y debe haber consecuencias claras para quienes no cooperen». |