Bruselas, 24 de enero de 2024
La Comisión propone hoy revisar la Directiva sobre los comités de empresa europeos para seguir intensificando el diálogo social en la UE. Los comités de empresa europeos son órganos de información y consulta que garantizan la participación de los trabajadores en decisiones relacionadas con cuestiones transnacionales. Se establecen en empresas con más de mil empleados que operan en al menos dos países de la UE o del Espacio Económico Europeo (EEE).
Mediante la información y la consulta significativas con los trabajadores sobre decisiones clave de la empresa se puede ayudar a anticipar y gestionar los cambios, como los relacionados con las transiciones ecológica y digital, por ejemplo para hacer frente a la escasez de mano de obra o introducir nuevas tecnologías. En entornos transnacionales, los comités de empresa europeos pueden desempeñar una función clave al respecto.
La Directiva vigente esboza los procesos de creación de comités de empresa europeos y de información y consulta sobre cuestiones transnacionales. La revisión propuesta tiene la finalidad de reforzar la función de los comités de empresa europeos facilitando su creación, fomentando un proceso de información y consulta más significativo y garantizando que tienen la capacidad necesaria para llevar a cabo su labor. También tiene por objeto reforzar el equilibrio de género de los comités de empresa europeos.
En 2023, el Parlamento Europeo adoptó una resolución legislativa de propia iniciativa en la que pedía a la Comisión que reforzara la función y la capacidad de los comités de empresa europeos. La revisión propuesta hoy responde al compromiso político de la presidenta von der Leyen de responder a dichas resoluciones con una propuesta legislativa, respetando plenamente los principios de proporcionalidad, subsidiariedad y mejora de la legislación.
Comités de empresa europeos más eficaces y eficientes
Los principales cambios propuestos por la Comisión incluyen los siguientes:
– Otorga igualdad de derechos a los trabajadores de empresas multinacionales que operan en la UE o el EEE para solicitar la creación de un nuevo comité de empresa europeo: se suprimirán las excepciones de la Directiva vigente, lo que permitirá a 5,4 millones de trabajadores de 320 empresas multinacionales con acuerdos preexistentes solicitar la creación de un comité de empresa europeo.
– Clarifica la definición de las cuestiones transnacionales: garantiza que la labor de los comités de empresa europeos complete la de los organismos nacionales de información y consulta, en lugar de solaparse con ella. Una definición clara es fundamental para determinar cuándo se debe consultar e informar a los comités de empresa europeos.
– Garantiza que se consulte a los trabajadores de las empresas multinacionales de manera oportuna y significativa sobre los aspectos que les conciernen:
- los miembros de los comités de empresa europeos deben recibir una respuesta motivada a su dictamen antes de que la dirección de la empresa adopte una decisión sobre cuestiones transnacionales;
- la dirección de la empresa debe justificar cada vez que indique la confidencialidad como motivo para restringir el intercambio de información o para no divulgar información sobre cuestiones transnacionales.