Esta nueva normativa quiere garantizar que los ingresos obtenidos en plataformas digitales mediante la venta de bienes o servicios no dejen de ser gravados fiscalmente.
La Comisión Europea se congratula del reciente compromiso alcanzado por los Estados miembros para ampliar las normas de transparencia fiscal de la UE a las plataformas digitales, con el fin de garantizar que quienes ganen dinero mediante la venta de bienes o servicios en plataformas también paguen los impuestos que les correspondan. Este acuerdo es la continuación de la propuesta presentada por la Comisión en julio como parte del Plan de acción para una fiscalidad equitativa y sencilla que apoye la estrategia de recuperación. La propuesta acordada sobre cooperación administrativa (DCA 7) garantizará que los Estados miembros intercambien automáticamente información sobre los ingresos generados por las ventas en plataformas digitales, con independencia de que la plataforma esté ubicada o no en la UE. Esto no sólo posibilitará que las autoridades nacionales identifiquen las situaciones en las que debe pagarse el impuesto, sino que también reducirá la carga administrativa que recae sobre las plataformas, que a menudo tienen que hacer frente a varios requisitos nacionales de información diferentes. Además, refuerza y precisa las normas en otros ámbitos en los que los Estados miembros colaboran para combatir el fraude fiscal, por ejemplo, a través de auditorías fiscales conjuntas.
La adopción formal tendrá lugar una vez que el Parlamento Europeo y el Comité Económico y Social emitan su dictamen. Las nuevas normas se aplicarán a partir del 1 de enero de 2023.
Desde su adopción, la Directiva 2011/16/UE original ha sido modificada seis veces para incluir información sobre cuentas financieras, resoluciones fiscales y acuerdos previos sobre precios de transferencia, informes país por país, titularidad real, acuerdos transfronterizos sujetos a comunicación de información y ahora sobre las plataformas digitales. La semana pasada, la Comisión publicó una hoja de ruta para ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva e incluir los criptoactivos y el dinero electrónico (DCA 8).
Fuente: Newsletter de la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas