El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, pilar más importante del instrumento de recuperación Next Generation EU, ayudará a los países de la Unión a hacer frente a los efectos de la pandemia de COVID-19
El Parlamento Europeo aprobó en el día de ayer, 10 de febrero, el Reglamento relativo a los objetivos, la financiación y las normas para acceder al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia diseñado para ayudar a los países de la Unión a hacer frente a los efectos de la pandemia de COVID-19. Fue aprobado por 582 votos a favor, 40 votos en contra y 69 abstenciones. Este Mecanismo es el pilar más importante del instrumento de recuperación Next Generation EU, dotado con 750 000 millones de euros.
El Mecanismo contará con 672 500 millones de euros en subvenciones y préstamos para financiar medidas nacionales destinadas a mitigar las consecuencias económicas y sociales de la pandemia. Los proyectos iniciados a partir del 1 de febrero de 2020 podrán recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Las ayudas estarán disponibles durante tres años y los gobiernos de la UE podrán solicitar hasta un 13 % de prefinanciación para sus planes de recuperación y resiliencia.
Para poder recibir financiación los planes nacionales de recuperación y resiliencia deben centrarse en ámbitos políticos clave de la UE, como la transición ecológica, incluida la biodiversidad, la transformación digital, la cohesión económica y la competitividad, y la cohesión social y territorial. También podrán obtener dinero los planes que aborden la capacidad de reacción de las instituciones y las formas de prepararlas mejor frente a las crisis, así como las políticas en favor de los niños y los jóvenes, incluidas la educación y el desarrollo de capacidades.
Los planes deberán destinar al menos el 37 % de su presupuesto al clima y el 20 % a acciones digitales. Deberán tener un impacto duradero tanto en términos sociales como económicos e incluir reformas globales, así como un sólido paquete de inversiones. Además, no deberán perjudicar significativamente los objetivos medioambientales.
El Reglamento también estipula que solo los Estados miembros que se comprometan a respetar el Estado de derecho y los valores fundamentales de la Unión Europea podrán recibir fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
La Comisión Europea es responsable del seguimiento de la aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. El Parlamento puede pedirle que comparezca cada dos meses ante sus comisiones pertinentes para debatir sobre el estado de la recuperación en la UE y la manera en que los Estados miembros están aplicando las metas y los objetivos. La Comisión también pondrá a disposición de los Estados miembros un sistema integrado de información y seguimiento para proporcionar información comparable sobre cómo se están utilizando los fondos.
Una vez aprobado formalmente por el Consejo, el Reglamento entrará en vigor un día después de su publicación en Diario Oficial de la UE.