El Consejo ha adoptado una Decisión de Ejecución por la que se establece una Recomendación para prorrogar la realización de controles temporales en las fronteras interiores en circunstancias excepcionales.
A partir del 11 de mayo, cuando expire la decisión anterior, Austria, Alemania, Dinamarca, Suecia y Noruega podrán prorrogar los controles fronterizos temporales y proporcionados durante un periodo máximo de seis meses. Previamente deberán intercambiar impresiones con los Estados miembros correspondientes a fin de garantizar que los controles fronterizos interiores se realicen únicamente cuando se considere necesario y proporcionado. Además, deberán garantizar que los controles fronterizos interiores se realicen únicamente como último recurso cuando otras medidas alternativas no puedan lograr el mismo efecto. Se de dará preferencia al ejercicio de competencias policiales en el territorio si con ello se proporcionan los mismos resultados en materia de seguridad.
Los controles fronterizos deben ser específicos y limitarse en su alcance, frecuencia, localización y duración a lo estrictamente necesario para responder a una amenaza grave y salvaguardar el orden público y la seguridad interior, como consecuencia del riesgo permanente de movimientos secundarios de los migrantes irregulares.
Los Estados miembros que lleven a cabo estos controles deberán evaluar semanalmente su idoneidad y adaptarlos al nivel de amenaza, suprimiéndolos progresivamente cuando proceda. Deberán informar además mensualmente a la Comisión y al Consejo.