El Consejo de la UE y el Parlamento Europeo han acordado que, después del Brexit, los ciudadanos del Reino Unido que viajen al espacio Schengen por un máximo de 90 días en periodos de 180 días estén exentos de la obligación de visado. El Reino Unido será incluido en la lista de más de sesenta países y territorios cuyos nacionales están exentos de ese requisito para entrar a la UE para hacer negocios, turismo o visitar a familiares o amigos. La exención de visado no incluye la posibilidad de trabajar en la UE. Según las normas de la UE, la exención de visado está sujeta a la condición de reciprocidad. El Gobierno del Reino Unido ha declarado que no tiene intención de exigir visado a los ciudadanos de la UE que viajen al Reino Unido para estancias de corta duración. Si en el futuro el Reino Unido introdujera la obligación de visado para los nacionales de al menos un Estado miembro, se aplicaría el mecanismo de reciprocidad existente y las tres instituciones de la UE y los Estados miembros se comprometerían a actuar sin dilación para aplicarlo. La Comisión supervisaría el respeto del principio de reciprocidad de forma continua e informaría inmediatamente al Parlamento Europeo y al Consejo de cualquier cambio que pudiera poner en peligro el respeto de este principio.
Más información: https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2019/04/09/visa-free-travel-after-brexit-council-adopts-regulation/