La normativa europea por la que se permitirá a los Estados miembros restringir o prohibir el cultivo de OGM fue aprobada por el Consejo.
Tal y como ha manifestado el presidente del Consejo de Agricultura y ministro de Agricultura de Letonia, la nueva Directiva da a los Estados miembros la libertad para decidir sobre el cultivo de este tipo de organismos, respetando las preferencias de los ciudadanos y los agricultores y, en última instancia, el principio de subsidiaridad.
La Directiva permite que los Estados miembros puedan solicitar una modificación del ámbito territorial en la que se permitirá el cultivo durante el procedimiento de autorización del mismo o, una vez que el OGM ha sido autorizado, el gobierno decida prohibir o restringir su cultivo. En este último caso, el Estado miembro deberá aducir razones de protección medioambiental, desarrollo urbano o rural, el uso de la tierra o los posibles impactos a nivel económico. Con la nueva normativa, los Estados miembros ven ampliado el espectro de motivos por los que justificar la prohibición más allá de los riesgos para la salud humana o el medio ambiente o los supuestos de emergencias.
Por otro parte, la directiva establece normas para asegurar que los Estados miembros que decidan llevar a cabo este tipo de cultivo tengan en cuenta la posibilidad de contaminación trasfronteriza, especialmente si los Estados vecinos han establecido la prohibición.