La Comisión Europea ha enviado a los Estados miembros para consulta un proyecto de propuesta para transformar el marco temporal de crisis relativo a las medidas de ayuda estatal en un marco temporal de crisis y transición dirigido a facilitar y acelerar la transición ecológica de Europa. Esta propuesta forma parte del Plan Industrial del Pacto Verde, también presentado ayer. Concretamente, contribuye a su segundo pilar, cuyo objetivo es velar por un acceso más rápido a la financiación para las empresas con actividades en la UE.
La propuesta presentada ayer de un marco temporal de crisis y transición tiene por objeto estimular las inversiones en favor de una implantación más rápida de las energías renovables y apoyar la descarbonización de la industria y la producción de los equipos necesarios para la transición a cero emisiones netas, preservando al mismo tiempo la integridad y la igualdad de condiciones en el mercado único.
Propuestas de modificación
La Comisión está consultando a los Estados miembros sobre posibles modificaciones relacionadas con lo siguiente:
– Facilitar en mayor medida la implantación de las energías renovables y la descarbonización de la industria contemplando la posibilidad de: i) apoyar la implantación de todas las fuentes de energía renovables; ii) conceder ayudas a tecnologías menos maduras, tales como el hidrógeno renovable, sin licitación pública, siempre que existan determinadas salvaguardias para garantizar la proporcionalidad de las ayudas públicas; e iii) incentivar las inversiones que se traduzcan en una reducción importante de las emisiones mediante la inclusión de límites máximos de ayuda más elevados y cálculos simplificados de la ayuda (por ejemplo, la ayuda se determinaría simplemente como un porcentaje de los costes de inversión).
– Apoyar las inversiones en la producción de los equipos estratégicos necesarios para la transición a cero emisiones netas, con el fin de acelerar la transición hacia una economía con cero emisiones netas y superar la actual crisis energética. En particular, la Comisión propone resolver el déficit de inversión productiva en sectores estratégicos para la transición ecológica, todo ello en un contexto de retos mundiales que suponen un peligro de desvío de nuevas inversiones en estos sectores en favor de terceros países de fuera de Europa. En concreto, la Comisión propone autorizar las ayudas de los Estados miembros a la producción de baterías, paneles solares, turbinas eólicas, bombas de calor, electrolizadores y captura y almacenamiento de carbono, así como a la obtención de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de los equipos correspondientes. En el caso de los proyectos que tengan lugar en regiones desfavorecidas de la UE (en las que el PIB per cápita sea inferior al 75 % de la media de la UE) o que entrañen una inversión en varios Estados miembros, y para los que existan ayudas en terceros países, se permitirá una ayuda proporcionada adicional para igualar el grado de apoyo ofrecido en terceros países, en la medida de lo necesario para permitir que la inversión se realice en Europa.
Estas nuevas disposiciones estarán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2025.
Los Estados miembros tienen ahora la posibilidad de formular observaciones sobre el proyecto de propuesta de la Comisión. La Comisión tiene previsto adoptar el marco temporal de crisis y transición en las próximas semanas, teniendo en cuenta las observaciones recibidas de los Estados miembros.
Contexto
En el marco del Plan Industrial del Pacto Verde, la Comisión también ha recordado que está revisando el Reglamento General de Exención por Categorías («RGEC»), el cual permite a los Estados miembros ejecutar directamente las medidas de ayuda, sin tener que notificarlas previamente a la Comisión para su aprobación.El RGEC revisado se adoptará en las próximas semanas y ofrecerá a los Estados miembros más flexibilidad a la hora de conceder ayudas a sectores clave para la transición a una economía de cero emisiones netas, por ejemplo, los del hidrógeno, la captura y el almacenamiento de carbono, los vehículos de cero emisiones y la eficiencia energética de los edificios. Concretamente, la Comisión tiene previsto seguir subiendo los umbrales de notificación aplicables a las ayudas a las inversiones ecológicas, ampliar el ámbito de aplicación de las ayudas a la inversión para incluir las infraestructuras de recarga y repostaje, y facilitar en mayor medida las ayudas a la formación de las pymes en materia de capacidades.
Entre otras cosas, la revisión del RGEC contribuirá a racionalizar y simplificar aún más la realización de proyectos importantes de interés común europeo (PIICE), especialmente en relación con la ejecución de proyectos innovadores de menor tamaño relacionados con los PIICE. Además, la Comisión está colaborando con los Estados miembros en la formulación de un código de buenas prácticas en pro de un planeamiento transparente, inclusivo y rápido de los PIICE. La Comisión y los Estados miembros firmarán el código de buenas prácticas de aquí a la primavera de este año.
El marco temporal de crisis se modificó de nuevo el 28 de octubre de 2022 en consonancia con el reciente Reglamento relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía [«Reglamento (UE) 2022/1854»] y con la propuesta de la Comisión de un nuevo Reglamento de emergencia para hacer frente a los elevados precios del gas en la UE y garantizar la seguridad del suministro este invierno.
El marco temporal de crisis prevé la posibilidad de que los Estados miembros concedan los tipos de ayudas siguientes:
– Importes limitados de ayuda, en cualquier forma, para las empresas afectadas por la crisis actual o por las consiguientes sanciones y contrasanciones hasta el importe incrementado de 250 000 euros y 300 000 euros en los sectores de la agricultura y de la pesca y acuicultura, respectivamente, y de hasta dos millones de euros en los demás sectores;
– Apoyo a la liquidez en forma de garantías estatales y préstamos bonificados: Los Estados miembros pueden facilitar i) garantías estatales subvencionadas para velar por que los bancos sigan concediendo préstamos a todas las empresas afectadas por la crisis actual; y ii) préstamos públicos y privados con tipos de interés bonificados. En el caso de ambos tipos de apoyo, existen límites en relación con el importe máximo del préstamo, que se basan en las necesidades de explotación de una empresa, teniendo en cuenta su volumen de negocios, sus costes energéticos o sus necesidades concretas de liquidez. Los préstamos pueden referirse tanto a las necesidades de inversión como a las de capital circulante Se ofrece una flexibilidad específica a las empresas energéticas que requieran una garantía financiera para actividades comerciales.
– Ayudas para compensar los elevados precios de la energía. Los Estados miembros pueden compensar parcialmente a las empresas, en particular a aquellas que consumen mucha energía, por los costes adicionales derivados de las subidas excepcionales de los precios del gas y la electricidad. Esta ayuda puede concederse de cualquier forma, incluidas las subvenciones directas. Los Estados miembros pueden calcular las ayudas basándose en el consumo pasado o en el consumo actual, teniendo en cuenta la necesidad de mantener intactos los incentivos de mercado para la reducción del consumo de energía y de garantizar la continuidad de las actividades económicas. Además, los Estados miembros pueden prestar apoyo de manera más flexible, también a las empresas que consumen mucha energía y a los sectores sujetos a presión competitiva debido a los elevados niveles del comercio internacional, con sujeción a salvaguardias para evitar una compensación excesiva. En el caso de las empresas que reciben importes de ayuda más sustanciosos, el marco temporal de crisis prevé compromisos para establecer una senda hacia la reducción de la huella de carbono del consumo de energía y la aplicación de medidas de eficiencia energética.
– Medidas para acelerar la implantación de energías renovables. Los Estados miembros pueden establecer sistemas de inversión en energías renovables, incluidos el hidrógeno renovable, el biogás y el biometano, el almacenamiento y el calor renovable, incluso por bombas de calor, con procedimientos de licitación simplificados que puedan aplicarse rápidamente, al tiempo que se incluyen salvaguardias suficientes para proteger la igualdad de condiciones. En particular, los Estados miembros pueden diseñar regímenes para una tecnología concreta que requieran apoyo habida cuenta de su combinación energética nacional específica.
– Medidas que faciliten la descarbonización de los procesos industriales. Para acelerar aún más la diversificación del suministro de energía, los Estados miembros pueden apoyar inversiones para la eliminación gradual de los combustibles fósiles, en particular a través de la electrificación, la eficiencia energética y la transición al uso de hidrógeno renovable y basado en la electricidad que cumpla determinadas condiciones. Los Estados miembros pueden i) establecer nuevos regímenes basados en licitaciones, o ii) brindar un apoyo directo a los proyectos, sin recurrir a la licitación pero respetando ciertos límites en cuanto al porcentaje de ayuda pública por inversión. Se prevén primas complementarias específicas para las pequeñas y medianas empresas, así como para las soluciones especialmente eficientes desde el punto de vista energético.
– Medidas destinadas a apoyar la reducción de la demanda de electricidad, en consonancia con el Reglamento de la UE relativo a una intervención de emergencia para hacer frente a los elevados precios de la energía. Esta sección proporciona a los Estados miembros las herramientas pertinentes para incentivar la reducción de la demanda de electricidad durante las horas punta.
Las empresas controladas por Rusia sancionadas no entran en el ámbito de aplicación de estas medidas.
El marco temporal de crisis, en su versión actualmente vigente, es aplicable hasta el 31 de diciembre de 2023.
Puede obtenerse más información sobre el marco temporal de crisis y otras medidas adoptadas por la Comisión para hacer frente a las consecuencias económicas de la guerra de Rusia contra Ucrania en esta página.
Cita(s)
La competitividad en Europa no puede basarse en ayudas estatales. Sin embargo, puede ser necesario concederlas para alcanzar nuestro objetivo de eliminar los combustibles fósiles lo antes posible. La descarbonización de la industria de la UE podría requerir temporalmente un estímulo e incentivos adicionales para fomentar y retener las inversiones en sectores estratégicos de las tecnologías limpias en Europa. Ahora recabaremos la opinión de los Estados miembros antes de decidir el camino a seguir, teniendo en cuenta la necesidad de preservar la cohesión y la competencia para salvaguardar la igualdad de condiciones en el mercado único.
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