La Comisión ha propuesto una Recomendación, sobre la cual deberá tomar una decisión el Consejo, con el fin de ampliar los controles proporcionados en determinadas fronteras interiores de Schengen y, más concretamente, en Alemania, Austria, Suecia, Dinamarca y Noruega, durante un período máximo de seis meses. Estos países ya han aprobado medidas nacionales para responder a la amenaza que suponen para el orden público y la seguridad interior los movimientos secundarios de inmigrantes irregulares. El proyecto de Recomendación hoy presentado propone ampliar estas medidas, en consonancia con el Código de fronteras Schengen, ya que, a pesar de los progresos significativos realizados por Grecia, no todas las deficiencias graves detectadas han podido ser subsanadas de manera adecuada y global dentro del plazo de tres meses.
Frans Timmermans, vicepresidente primero, ha declarado: «Las autoridades griegas han realizado grandes esfuerzos y se han producido avances significativos sobre el terreno. Por otra parte, el Acuerdo UE-Turquía ha reducido drásticamente el número de llegadas a Grecia. Sin embargo, existe todavía una considerable presión migratoria en nuestras fronteras exteriores, y un gran número de migrantes presentes en Grecia. Por consiguiente, mientras que subsistan las graves deficiencias en la gestión de las fronteras, deben mantenerse algunas medidas de control en las fronteras interiores. Contamos con una hoja de ruta clara para la vuelta a un funcionamiento normal del espacio Schengen para finales de año y hay que conseguirlo de manera ordenada. Preservamos Schengen mediante la aplicación de Schengen».
El comisario de Migración y Asuntos de Interior, Dimitris Avramopoulos, ha declarado: «Schengen constituye uno de los mayores logros de la Unión Europea y nuestra ambición última, e inalterada a lo largo del tiempo, es restablecer la normalidad en el espacio Schengen. Entretanto, como seguimos enfrentándonos a deficiencias en las fronteras exteriores, esto nos obliga a tomar medidas temporales para permitir la prolongación de los controles en las fronteras interiores con carácter excepcional. Grecia, en particular, al igual que los países situados a lo largo de la ruta de los Balcanes Occidentales, acogen todavía a un gran número de solicitantes de asilo y migrantes en situación irregular que pueden representar un riesgo de movimientos secundarios. Grecia ha avanzado considerablemente y va por el buen camino, y la Comisión Europea presta continuamente un apoyo global a las autoridades griegas».
Desde que la evaluación de Schengen de noviembre de 2015 detectara graves deficiencias en la gestión de la frontera exterior de Grecia, se han logrado avances significativos en la respuesta a muchas de las cuestiones, en particular gracias a la considerable mejora del proceso de registro de los migrantes irregulares, tanto en términos de equipamiento como de recursos humanos. La aplicación inicial del Acuerdo entre la UE y Turquía junto con las operaciones actualmente en curso de la OTAN y Frontex también han dado lugar a un fuerte descenso en el número de migrantes irregulares y solicitantes de asilo que cruzan el mar Egeo hacia Grecia.
Sin embargo, en la actualidad, las conclusiones de la Comisión, basadas también en una visita de evaluación Schengen a Grecia del 10 al 16 de abril, muestran que, debido a algunas deficiencias persistentes, todavía existe un riesgo importante de movimientos secundarios que ha llevado a varios Estados miembros a restablecer temporalmente los controles en las fronteras interiores. Por otro lado, la sostenibilidad de la drástica reducción del número registrado en las últimas semanas está aún pendiente de confirmación.
Por lo tanto, el funcionamiento general del espacio Schengen sigue estando en peligro y, por consiguiente, sobre la base de la información de que dispone, la Comisión ha propuesto al Consejo que adopte una Recomendación dirigida a los Estados miembros que actualmente realizan los controles en las fronteras interiores, invitándoles a seguir llevando a cabo controles específicos y puntuales en determinadas fronteras durante un período limitado de seis meses con el fin de resolver la grave amenaza identificada. Estos Estados miembros deben, durante ese período, someter los controles a revisión periódica y adaptarlos al nivel de amenaza identificada.
Concretamente, la Comisión propone que el Consejo recomiende que a cinco países mantengan los siguientes controles en las fronteras interiores durante un período adicional de seis meses:
· Austria,en la frontera terrestre entre Austria y Hungría y en la frontera terrestre entre Austria y Eslovenia;
· Alemania,en la frontera terrestre entre Alemania y Austria;
· Dinamarca,en los puertos daneses con enlaces de transbordador con Alemania y en la frontera terrestre entre Alemania y Dinamarca;
· Suecia, en los puertos suecos en la región policial sur y oeste y en el puente de Öresund;
· Noruega,en los puertos noruegos con enlaces de transbordador con Dinamarca, Alemania y Suecia.
Estas medidas, previstas en el Código de fronteras Schengen, actúan como salvaguardia para el funcionamiento general del espacio sin controles en las fronteras interiores. El objetivo de la Comisión es volver a un funcionamiento normal del espacio Schengen y a suprimir los controles en las fronteras interiores para finales de 2016, en consonancia con lo recogido en la Hoja de ruta «De vuelta a Schengen».
Contexto
El artículo 29 (anteriormente, el artículo 26) del Código de fronteras Schengen establece un procedimiento específico para circunstancias excepcionales en las que el funcionamiento global del espacio Schengen sea puesto en riesgo por deficiencias graves y persistentes en la frontera exterior de la UE. Este procedimiento no tiene por objeto sancionar o aislar a un Estado miembro, ni pretende tampoco excluir a ningún Estado miembro del espacio Schengen.
En el marco del mecanismo de evaluación de Schengen, creado en octubre de 2013, las evaluaciones de Schengen se llevan a cabo en los Estados miembros sobre la base de un programa de evaluación plurianual y anual. Estas visitas pueden realizarse con o sin previo aviso y corren a cargo de equipos encabezados por la Comisión con expertos de los Estados miembros y de Frontex.
Después de cada visita, se elabora un informe para identificar las posibles deficiencias, informe que va acompañado de recomendaciones de medidas correctoras, con un plazo para su ejecución. El Consejo, sobre la base de una propuesta de la Comisión, adopta las recomendaciones. A modo de seguimiento, el Estado miembro de que se trate debe presentar un Plan de Acción que señale cómo va a subsanar las deficiencias detectadas.
En caso de serias deficiencias en la gestión de las fronteras exteriores, la Comisión podrá asimismo recomendar que el Estado miembro evaluado adopte determinadas medidas específicas con vistas a garantizar el cumplimiento de la Recomendación del Consejo.
En noviembre de 2015 se llevó a cabo una evaluación de la aplicación de las normas de Schengen en el ámbito de la gestión de las fronteras exteriores por parte de Grecia. El informe de evaluación, en el que se indicaban graves deficiencias en la realización del control en las fronteras exteriores en Grecia, fue adoptado por la Comisión el 2 de febrero de 2016. El 12 de febrero de 2016 el Consejo adoptó Recomendaciones sobre medidas correctoras.
Dado que el informe de evaluación puso de manifiesto graves deficiencias, la Comisión adoptó el 24 de febrero de 2016 una Decisión de Ejecución por la que se establecían recomendaciones sobre las medidas específicas que deberá adoptar Grecia. Las recomendaciones tratan de garantizar que Grecia aplica todas las normas de Schengen relativas a la gestión de las fronteras exteriores.
El 12 de marzo de 2016, Grecia presentó su Plan de Acción para subsanar las deficiencias detectadas en el informe de evaluación, ateniéndose a las recomendaciones del Consejo. El 12 de abril de 2016, la Comisión presentó su evaluación sobre la adecuación del Plan de Acción. El 29 de abril de 2016, Grecia presentó su informe sobre la ejecución del Plan de Acción.
De conformidad con el Código de fronteras Schengen, la Comisión debe evaluar, sobre la base de un informe que Grecia debe presentar en un plazo de tres meses a partir de las recomendaciones del Consejo, si persisten las graves deficiencias. La propuesta de Recomendación de hoy responde a esta obligación legal.
Más información
FICHA INFORMATIVA: Información detallada sobre las normas de Schengen
Comunicación de la Comisión: De vuelta a Schengen — Hoja de ruta
FICHA INFORMATIVA: Gestión de la crisis de los refugiados — Ayuda financiera de la UE a Grecia