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#Beca del Gobierno de #Japón (Monbukagakusho) para 2015 para Estudios japoneses

29 · enero · 2015 | Becas, Convocatorias

El Ministerio de Educación, Cultura, Deportes, Ciencia y Tecnología (MEXT) del Gobierno de Japón ofrece una beca a estudiantes extranjeros estudiar en universidades japonesas con el fin de profundizar sus conocimientos de idioma japonés, de temas sobre Japón y de cultura japonesa. La normativa para el programa de becas MEXT 2015 es la siguiente:

1. REQUISITOS

    • (1) Nacionalidad: Los solicitantes deben tener la nacionalidad de países que tengan relaciones diplomáticas con Japón. Serán elegibles también solicitantes sin nacionalidad oficial. Sin embargo, personas con doble nacionalidad que mantengan la nacionalidad japonesa y cuyo lugar de residencia en el momento de la solicitud esté fuera de Japón, será elegible siempre que escoja la nacionalidad del país extranjero y renuncie a la japonesa hasta el momento de su llegada a Japón. El proceso de selección se llevará a cabo a través de las Embajadas y Consulados Generales de los países de origen de los solicitantes.
    • (2) Edad: Los solicitantes podrán ser los nacidos entre el 2 de abril de 1985 y el 1 de abril de 1997.
    • (3) Formación académica: Los solicitantes deberán ser estudiantes en universidades extranjeras (no japonesas) de áreas relacionadas con el idioma o la cultura japoneses en el momento de su llegada y de su salida de Japón.
    • (4) Conocimientos de lengua japonesa: Los solicitantes deberán tener los conocimientos suficientes para seguir un curso universitario en japonés.
    • (5) Salud: Los solicitantes deberán gozar de buena salud física y mental de manera que puedan desarrollar sus estudios universitarios.
    • (6) Llegada a Japón: los solicitantes deberán llegar a Japón en un periodo de dos semanas antes del inicio del curso, establecido por la universidad receptora, normalmente en octubre de cada año (Si el solicitante llegara antes del periodo establecido por motivos personales, no le serían pagados los gastos de viaje. Excepto en circunstancias excepcionales, si el candidato no pudiera llegar a Japón durante el periodo establecido, deberá renunciar a la beca).
    • (7) Visado: Los solicitantes deberán tramitar un visado de estudiante (College Student – ryugaku) para su entrada a Japón. Además, en casos excepcionales cuando el candidato seleccionado ha residido en Japón con un estatus distinto al del visado de estudiante, deberá tramitar éste hasta finales del mes previsto para comenzar el disfrute de la beca. Aquellos que vayan a Japón con otro visado que no sea el de estudiante, no podrá beneficiarse de una beca del Gobierno de Japón. Por tanto, es importante tener en cuenta que aquellos que cambien su visado a otro que no sea el de estudiante después de su llegada a Japón perderá también sus derechos como becario del Gobierno de Japón en el momento en que hagan efectivo dicho cambio.
    • (8) Otros: Los beneficiarios de la beca MEXT regresarán de inmediato a sus países de origen y continuarán estudiando en sus centros una vez finalizado el periodo de la beca. Tras su regreso, los ex becarios deberán mantener un estrecho contacto con su universidad en Japón, cooperando a través de la realización de cuestionarios después de su regreso, participando en eventos organizados por las embajadas y consulados de Japón en sus países de origen y trabajar para mejorar las relaciones de su país con Japón.
    • (9) Quedarán excluidas las candidaturas en los siguientes casos:
      • Solicitantes militares o funcionarios de instituciones militares en activo en el momento de su llegada a Japón;
      • Solicitantes que hayan disfrutado de otra beca del Gobierno de Japón (Beca Monbukagakusho) en el pasado;
      • Solicitantes que ya estén inscritos en universidades japonesas con visado de “College Student” (ryugaku), o aquellos inscritos o que tengan previsto inscribirse en universidades en Japón como estudiantes no becados, teniendo en cuenta el periodo de solicitud en sus países de origen hasta la posible recepción de la beca. No obstante, incluso si el solicitante ya es estudiante financiado de manera privada, esta restricción no será aplicable a aquellos solicitantes que finalicen definitivamente sus estudios en curso antes del inicio del curso designado en la universidad en Japón y haya regresado a su país de origen;
      • Solicitantes que estén disfrutando becas de otras instituciones (incluyendo instituciones oficiales del país de origen) que se solapen con la beca del gobierno de Japón (incluyendo a potenciales candidatos);
      • Beneficiarios que realicen una doble solicitud para esta beca a otras universidades, con recomendaciones de otras embajadas o a través del Student Exchange Support Program que ofrece la Japan Student Services Organization (JASSO);
      • Aquellos que hayan estudiado durante un periodo inferior a un año hasta abril de 2015. Aquellos que hayan estudiado idioma japonés durante al menos un año en alguna otra universidad, deberán presentar sin falta la documentación correspondiente (certificados académicos, etc.) que verifique que ha estudiado durante el periodo indicado;
      • Aquellos que posean doble nacionalidad en el momento de la solicitud y que no puedan corroborar su renuncia a la nacionalidad japonesa en el momento de su llegada a Japón.

 

2. DURACIÓN DE LA BECA 

Será el periodo necesario para completar el curso de la universidad receptora que, aproximadamente, será un año desde octubre de 2015 (mes de inicio del curso) (La beca es improrrogable).

3. DOTACIÓN

 Dotación: 117.000 yenes mensuales.

 

4. SOLICITUDES Los solicitantes deberán presentar la siguiente documentación en la Sección Cultural de la Embajada del Japón en España (C/ Serrano, 109, 28006 MADRID; TL.: 91-590 76 12) hasta el lunes 16 de febrero de 2015 (inclusive). NO será válido el sello de correos hasta esa fecha si la documentación no llega físicamente a la Embajada de Japón el día indicado).

 

 

 

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