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Defensa de la competencia: la Comisión invita a presentar observaciones sobre los proyectos de normas revisadas en materia de acuerdos de cooperación horizontal entre empresas

1 · marzo · 2022 | Noticias, Sin categoría

La Comisión Europea ha puesto en marcha hoy una consulta pública en la que se invita a todas las partes interesadas a presentar sus observaciones sobre dos proyectos de Reglamentos horizontales de exención por categorías revisados en materia de acuerdos de investigación y desarrollo («I+D») y de especialización («REC I+D» y «REC de especialización», respectivamente; en conjunto, «RECH»), y un proyecto de directrices horizontales revisadas.

Los proyectos de RECH y directrices horizontales revisados son el resultado de un proceso de revisión y evaluación iniciado en septiembre de 2019. Con ellos, se pretende adaptar las normas actuales en ámbitos específicos en los que la evaluación constató que no estaban plenamente ajustadas a la evolución económica y social producida en los diez últimos años, por ejemplo, la transición digital y ecológica. Además, algunas de las disposiciones de los RECH se consideran rígidas y complejas, y el grado de seguridad jurídica que ofrecen las directrices horizontales parece ser desigual según los distintos tipos de acuerdos de cooperación horizontal contemplados.

La vicepresidenta ejecutiva Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, ha declarado: «La revisión de los Reglamentos y Directrices horizontales de exención por categorías es un proyecto importante, ya que aclara a las empresas las situaciones en que pueden cooperar con sus rivales. La cooperación horizontal puede generar importantes beneficios económicos y de sostenibilidad, incluido el apoyo a la transición digital y ecológica. Las normas revisadas propuestas tienen por objeto adaptarse a la evolución del contexto para que pueda llevarse a cabo una cooperación beneficiosa, por ejemplo, en lo que se refiere a la sostenibilidad o al intercambio de datos. Invitamos ahora a las partes interesadas a presentar observaciones sobre nuestro proyecto de normas revisadas, lo que nos ayudará a ultimar las nuevas normas de forma que entren en vigor el 1 de enero de 2023».

Modificaciones propuestas

Como se expone con más detalle en la nota explicativa que acompaña a los proyectos de RECH y de directrices horizontales revisados, los cambios propuestos tienen por objeto:

  • Facilitar la cooperación de las empresas en ámbitos como la I+D y la producción: i) aclarando el texto de los RECH y de las directrices horizontales; ii) añadiendo nuevas orientaciones sobre la aplicación de los RECH; y iii) ampliando ligeramente el ámbito de aplicación del REC de especialización de forma que abarque, por ejemplo, los acuerdos unilaterales de especialización celebrados por más de dos partes.
  • Garantizar una protección permanente y eficaz de la competencia eximiendo de las normas de competencia de la UE i) los acuerdos de I+D relativos a productos, tecnologías y procesos completamente nuevos, y ii) los esfuerzos de I+D dirigidos a un objetivo específico, pero que aún no lo es en términos de producto o tecnología, únicamente si existen suficientes esfuerzos competidores comparables en I+D.
  • Incluir un nuevo capítulo sobre la evaluación de los acuerdos horizontales que persigan objetivos de sostenibilidad, así como nuevas orientaciones sobre el intercambio de datos, los acuerdos de uso compartido de infraestructuras móviles y los consorcios de ofertas.
  • Simplificar la supervisión administrativa por parte de la Comisión Europea y las autoridades nacionales de competencia («ANC») mediante la racionalización y la actualización del marco general de evaluación de los acuerdos de cooperación horizontal.

Próximas etapas

Se invita a las partes interesadas a presentar sus observaciones sobre los proyectos de normas a más tardar el 26 de abril de 2022.

Antecedentes del proceso de revisión

En mayo de 2021, la Comisión publicó un documento de trabajo de los servicios de la Comisión en el que se exponían los resultados de la evaluación de los actuales RECH y directrices horizontales. La evaluación puso de manifiesto que los RECH, junto con las directrices horizontales, son instrumentos útiles y siguen siendo pertinentes para las partes interesadas. Sin embargo, la evaluación halló ámbitos que podrían mejorarse desde el punto de vista de la eficacia, la pertinencia y la coherencia, y otros en los que los textos de los RECH y de las directrices horizontales se consideran insuficientemente claros, demasiado estrictos o difíciles de interpretar.

Tras esta evaluación, la Comisión puso en marcha en junio de 2021 una evaluación de impacto, durante la cual recabó más documentación sobre los ámbitos susceptibles de mejora, en particular mediante una consulta pública abierta, varios cuestionarios y talleres específicos y una consulta a las autoridades nacionales de competencia. Además, la Comisión pidió a cinco expertos que proporcionaran estudios de apoyo sobre temas específicos relativos a los RECH, los acuerdos de compra conjunta y los acuerdos de sostenibilidad.

La Comisión también publica hoy los estudios de apoyo realizados por los expertos.

Antecedentes de los RECH

Los acuerdos de cooperación horizontal entre dos o más competidores que operen al mismo nivel en el mercado pueden generar importantes beneficios económicos y de sostenibilidad, en particular si las empresas combinan actividades, capacidades o activos complementarios. La cooperación horizontal puede ser un medio de compartir el riesgo, ahorrar costes, incrementar las inversiones, poner en común los conocimientos técnicos, aumentar la calidad y variedad del producto y agilizar la innovación. Análogamente, la cooperación horizontal puede ser un medio para hacer frente a la escasez y las perturbaciones de las cadenas de suministro o para reducir la dependencia de determinados productos, servicios y tecnologías.

La cooperación horizontal favorable a la competencia en el ámbito de los acuerdos de I+D y de especialización cubiertos por los RECH es esencial para la transición digital y ecológica y puede contribuir al correcto funcionamiento del mercado interior. Los RECH establecen que los acuerdos de I+D y de especialización que cumplan determinadas condiciones están exentos de la aplicación del artículo 101, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE»), porque se supone que cumplen los requisitos del artículo 101, apartado 3, del TFUE. Con arreglo al artículo 101, apartado 3, del TFUE, tales acuerdos pueden ser declarados compatibles con el mercado interior siempre que contribuyan a mejorar la producción o la distribución de productos o a fomentar el progreso técnico o económico, y reserven al mismo tiempo a los usuarios una participación equitativa en los beneficios resultantes, sin eliminar la competencia.

Por lo tanto, los RECH crean un puerto seguro para estas categorías de acuerdos. Las directrices horizontales ofrecen orientaciones sobre la manera de interpretar y aplicar los RECH y de autoevaluar el cumplimiento del artículo 101, apartado 1, y el artículo 101, apartado 3, del TFUE en lo que respecta a la I+D y la especialización, aunque también a otros tipos de acuerdos de cooperación horizontal no cubiertos por los RECH. Entre ellos se incluyen los acuerdos de compra, comercialización, normalización y condiciones tipo, y también, de manera más general, los intercambios de información.

Más información

Véase la página web específica de la DG Competencia, que contiene todas las observaciones de las partes interesadas presentadas en el contexto de la evaluación y la evaluación de impacto, los resúmenes de las diferentes actividades de consulta, el documento de trabajo de los servicios de la Comisión de la evaluación y los informes de expertos elaborados para la evaluación de impacto.

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